RETEICA Bogotá 2026
Retención en la fuente a título de Impuesto de Industria y Comercio (ICA) en el Distrito Capital. Tabla oficial de la Secretaría de Hacienda de Bogotá con códigos CIIU Rev. 4 (DANE 2022), tarifas por mil y bases mínimas en UVT según el Acuerdo 65 de 2002 (Estatuto Tributario Distrital) y sus reformas.
Bases mínimas de retención (en UVT)
Solo se practica RETEICA cuando el valor de la operación iguala o supera estas cuantías. Si el pago es menor, no hay retención.
Tarifas por agrupación de actividad (14 agrupaciones)
La tabla oficial de Hacienda Bogotá agrupa las actividades en 4 grandes categorías y 14 sub-agrupaciones, cada una con su tarifa por mil (x 1.000). Las tarifas van de 4,14 a 14,00 por mil (0,414% a 1,400% del valor de la operación).
Actividades Industriales
Fabricación, producción y transformación de bienes.
| Agrupación / Actividad | Tarifa x 1.000 | Equivale a |
|---|---|---|
| Agrupación 101 Producción de alimentos (excepto bebidas); producción de calzado y prendas de vestir | 4.14 | 0.414% |
| Agrupación 102 Fabricación de productos primarios de hierro y acero; fabricación de material de transporte | 6.90 | 0.690% |
| Agrupación 103 Demás actividades industriales | 11.04 | 1.104% |
| Agrupación 104 Edición de libros | 8.00 | 0.800% |
Actividades Comerciales
Venta y distribución de bienes, sin transformación.
| Agrupación / Actividad | Tarifa x 1.000 | Equivale a |
|---|---|---|
| Agrupación 201 Venta de alimentos y productos agrícolas en bruto; venta de textos escolares y libros; venta de drogas y medicamentos | 4.14 | 0.414% |
| Agrupación 202 Venta de maderas y materiales para construcción; venta de automotores (incluidas motocicletas) | 6.90 | 0.690% |
| Agrupación 203 Venta de cigarrillos y licores; venta de combustibles derivados del petróleo y venta de joyas | 13.80 | 1.380% |
| Agrupación 204 Demás actividades comerciales | 11.04 | 1.104% |
Actividades de Servicios
Prestación de servicios a personas o empresas.
| Agrupación / Actividad | Tarifa x 1.000 | Equivale a |
|---|---|---|
| Agrupación 301 Transporte, publicación de revistas, libros y periódicos, radiodifusión y programación de televisión | 4.14 | 0.414% |
| Agrupación 302 Consultoría profesional; servicios prestados por contratistas de construcción, constructores y urbanizadores; presentación de películas en salas de cine | 6.90 | 0.690% |
| Agrupación 303 Servicio de restaurante, cafetería, grill, discoteca y similares; servicios de hotel, motel, hospedaje, amoblado y similares; servicio de casas de empeño y servicios de vigilancia | 13.80 | 1.380% |
| Agrupación 304 Demás actividades de servicios | 9.66 | 0.966% |
| Agrupación 305 Servicios de educación prestados por establecimientos privados en los niveles de educación inicial, preescolar, básica primaria, básica secundaria y media | 7.00 | 0.700% |
Actividades Financieras
Bancos, aseguradoras, comisionistas de bolsa y demás entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera.
| Agrupación / Actividad | Tarifa x 1.000 | Equivale a |
|---|---|---|
| Agrupación 401 Actividades financieras | 14.00 | 1.400% |
Buscador de tarifa por código o actividad CIIU
Escriba el código (4 dígitos, ej: 6201) o parte del nombre de la actividad (ej: software, panadería, transporte). Se resaltan las coincidencias. La tarifa por mil que muestra es la oficial para Bogotá.
| Código | Actividad económica | Agrup. | Tarifa x 1.000 |
|---|
No se encontraron actividades que coincidan con la búsqueda.
Tabla oficial de actividades gravadas con RETEICA Bogotá 2024 y siguientes, clasificadas por código CIIU Rev. 4 (DANE 2022). Cada código indica la agrupación a la que pertenece y la tarifa por mil que aplica. Fuente: Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá.
Fuente oficial: Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá — Impuesto de Industria y Comercio (ICA) · Vigente desde 2024 y siguientes (actualizado al 2026-03-02). Si hay reformas posteriores, la SHD publicará la nueva tabla oficial.